El 51% de los propietarios tienen que aprobar la decisión de cambiar de administrador de fincas
Cambiar de administrador de fincas es más habitual de lo que parece. Y en administración de fincas AFI tenemos tanta confianza en la calidad de de nuestros servicios que vamos a explicarte cómo puedes hacerlo.
Puede ser que el actual administrador de fincas haya perdido la confianza de la comunidad de vecinos o bien puede ocurrir que la comunidad ha recibido o escuchado a otro administrador de fincas que le ofrece mayores ventajas (por ejemplo, un ahorro en la administración de fincas) o tiene un mejor servicio al cliente y una atención inmediata (como AFI) y se decide cambiar. Si eso ocurre hay que cumplir con una serie de trámites y plazos para que no haya ningún problema en el cambio.
1- Lo primero de todo para cambiar de administrador de fincas es comprobar si existe un contrato firmado con la comunidad y que cláusulas contiene. Si no hay contrato, en el acta de la junta de vecinos donde se aprobó su contratación deberá constar su duración. La importancia de conocer la duración del contrato es evitar gastos a la comunidad. Normalmente la duración es anual (así lo recoge el artículo 13.7 de la Ley de Propiedad Horizontal), suele coincidir con la renovación de cargos de la Junta General Ordinaria, y si se quiere cambiar de administrador de fincas antes de esa fecha normalmente habrá que indemnizarlo con los honorarios pendientes hasta esa renovación.
2- Si no se desea esperar a la Junta General Ordinaria, el presidente de la comunidad de vecinos (o la cuarta parte de los propietarios o los que representen el 25% de las cuotas) puede convocar una junta extraordinaria en cuyo orden del día figure expresamente como punto a tratar la propuesta de cambiar de administrador de fincas. Es conveniente avisar con diez o quince días de antelación, explicando los motivos por los que se quiere cambiar de administrador de fincas. No es preciso convocar al administrador de fincas actual, incluso casi puede ser preferible no hacerlo, para así poder hablar con libertad.
3- Para aprobar el cese se requiere, en primera convocatoria, la conformidad del 60% de los propietarios, mientras que en segunda convocatoria solo hace falta la conformidad del 51% de los propietarios asistentes, que a su vez representen el 51% de las cuotas de participación que estén presentes. En esa misma junta se aprobará también el nombramiento de un nuevo administrador. El acta, firmada por el presidente y el secretario, debe enviarse a todos los propietarios ausentes para que manifiesten su opinión. Han de transcurrir 30 días naturales para que sea válida de pleno derecho.
4- El presidente de la comunidad o el administrador de fincas entrante comunicará al administrador de fincas saliente el acuerdo adoptado para que se prepare la entrega de la documentación de la comunidad, que tendrá que realizarse en el plazo de 30 días.
Si estás pensando en cambiar de administrador de fincas en tu comunidad, antes de tomar la decisión en AFI te sugerimos que tengas en cuenta que servicios son los que más interesan y pide varios presupuestos. En AFI, administradores de fincas en Valencia, podemos ofrecerte entre otras cosas, un ahorro en la administración de fincas, un buen servicio al cliente o una atención inmediata, además contamos con un departamento jurídico y otro de arquitectura y eficiencia energética que te ayudarán en todas las necesidades de tu comunidad de vecinos. A ello se une que podemos facilitarte los trámites a la hora de cambiar de administrador de fincas, asesorándote en el proceso y elaborando los documentos.
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