Entre las principales novedades de la Renta 2016 está la desaparición del programa Padre.
Si te han devuelto lo cobrado de más en las cláusulas suelo no tendrás que declararlo en la declaración de la Renta 2016.
El pasado 5 de abril comenzó la campaña de la Renta 2016. Una campaña que tiene como principal novedad la desaparición del programa Padre. Un programa que durante 29 años ha sido básico para la elaboración de la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria ha decidido apostar para la Renta 2016 por lo digital. Para ello todos los ciudadanos, incluidos autónomos y empresarios, pueden utilizar el servicio Renta Web. A diferencia del programa Padre no hay que descargarse ningún programa. Con Renta Web se inicia la sesión en una página web introduciendo el DNI electrónico, un PIN o un número de referencia.
A través de este servicio se puede conseguir el borrador, corregirlo y presentarlo. Eso si quieres presentar la declaración de la renta Online. Si quieres presentar la declaración en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria también se puede seguir haciendo. Para ello, el 4 de mayo se abre el plazo para solicitar cita y a partir del 11 de mayo se podrá presentar la declaración en las oficinas.
Pero no es la única novedad de esta campaña de la Renta 2016. Por ejemplo, las familias numerosas y las personas con ascendientes o descendientes con discapacidad tienen deducciones. Esas deducciones pueden cederse a otro miembro de la unidad familiar en el caso de que uno no esté obligado a presentar la declaración de la Renta 2016. El prorrateo actual a partes iguales deja de ser obligatorio y una persona puede adjudicarse toda la rebaja de la cuota.
¿Quién está exento de declarar? Aquellos trabajadores con unos ingresos de 22.000 euros anuales o menos, siempre y cuando vengan de un solo pagador. Si proceden de dos pagadores, el segundo y posteriores no podrían superar la cantidad de 1.500 euros.
También es una novedad la ampliación de la exención de rendimientos de trabajo en especie por pago de las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad del trabajador, su cónyuge y sus descendientes. Hasta ahora no debían exceder los 500 euros anuales por persona y ahora se amplía a 1.5oo euros por cada una de ellas si tuvieran discapacidad.
Otra de las novedades tiene que ver con las cláusulas suelo. La Agencia Tributaria ha decidido no sumar a la base imponible del IRPF los ingresos obtenidos por la devolución de lo pagado de más por esta partida. Tampoco por los intereses indemnizatorios que se hayan podido obtener. Solo si se han beneficiado de deducciones por vivienda habitual habría que incluirlo en la declaración.
Y si has cometido un error o una omisión en la declaración de la Renta 2016 podrás corregirlo. Otra de las novedades de este año es la posibilidad de solicitar la rectificación de la autoliquidación. Solo con activar la casilla 127 y aportar la documentación que acredite la petición se rectificará.
Si tienes dudas de cómo usar el servicio Renta Web o de cómo hacer tu declaración de la Renta 2016 en Valencia, no dudes en consultarnos. En Despacho AFI, administradores de fincas en Valencia, contamos con un departamento fiscal que puede ayudarte con tu declaración.
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