La figura del Presidente de una comunidad de propietarios es imprescindible. Desde AFI Administradores de Fincas e Inmuebles le explicamos los derechos y obligaciones que comporta dicho cargo.
El Artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge las funciones del Presidente de la comunidad de vecinos, quien junto al Administrador, el Secretario y la Junta de propietarios, conforma los cuatro órganos de gobierno de la comunidad de propietarios.
La Junta, reunida en convocatoria ordinaria o extraordinaria, elige al Presidente por mayoría entre los candidatos que se presenten. A falta de solicitantes, es nombrado mediante turno rotatorio o sorteo.
No es posible rechazar el cargo de Presidente, la aceptación de su mandato es obligatoria. Aunque si el propietario designado no desea ser nombrado Presidente, podrá solicitar ser relevado de tal obligación, ante el Juzgado de Primera Instancia dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, exponiendo sus razones. El juez designará al propietario que deberá sustituir en su cargo al Presidente hasta que se proceda a un nuevo nombramiento.
Las funciones del Presidente de la comunidad de vecinos son las siguientes:
- Representar a la comunidad de propietarios en todos los asuntos que la afecten
- Convocar Junta General Ordinaria una vez al año
- Convocar Juntas Extraordinarias cuando sea necesario o cuando lo exija el 25% de los propietarios
- Indicar en las convocatorias a las Juntas de propietarios los asuntos a tratar y el lugar, día y hora en que se celebrarán
- Presidir las Juntas Ordinarias y Extraordinarias
- Cerrar el acta de las Juntas mediante su firma junto a la del Secretario de la comunidad de vecinos
- Ejercitar las acciones aprobadas por la Junta de propietarios
- Asumir las funciones de Secretario y Administrador si los estatutos o un acuerdo de la junta no disponen la provisión de dichos cargos separadamente
- Exigir judicialmente el pago de las deudas de los vecinos morosos, si así lo ha aprobado la Junta
- Requerir a quienes realicen actividades prohibidas, molestas, insalubres, nocivas o peligrosas en su piso o local, que cesen las mismas e iniciar las acciones judiciales correspondientes en caso contrario
- Visar el certificado del estado de deudas
- Realizar contrataciones de carácter urgente
En AFI, su administrador de fincas en Valencia, ayudamos al Presidente de la comunidad de vecinos en las gestiones y funcionamiento de la misma. A través de nuestra plataforma online de administración de fincas o personalmente podemos llevar únicamente asesoramiento al Presidente sin la gestión administrativa ni contable.
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