Administrador de fincas colegiado, ¿por qué es necesario?

Administrador de fincas colegiado, ¿por qué es necesario?

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Un administrador de fincas colegiado es garantía un servicio eficaz, independiente y responsable

La sentencia del Tribunal Supremo reconoce la necesidad de estar colegiado para ser administrador de fincas

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (del pasado 8 de noviembre) ha reconocido que para el ejercicio de la actividad de la administración de fincas hay que ser un administrador de fincas colegiado.

Este requisito ya se establecía en el Decreto 693/1968 de 1 de abril, pero en la práctica no ocurría así. Y más desde la entrada en vigor de la llamada Ley Ómnibus, en 2009. Esta ley estableció el libre acceso a las actividades de servicio, abriendo así la puerta a la libre competencia en este y otros sectores. Esa apertura diluyó la figura del administrador de fincas colegiado.

Aunque, a su favor, siempre ha jugado que el amparo del colegio profesional responde de los servicios que presta un administrador colegiado con los criterios de independencia, eficacia y responsabilidad. Este respaldo ha sido clave para que muchas comunidades de vecinos no tuvieran dudas. A la hora de elegir a su administrador de fincas en Valencia la mayoría escoge a los colegiados. En la Comunidad Valenciana, el 80% de los administradores de fincas están colegiados.

En AFIadministrador de fincas en Valencia, hemos recalcado en varias ocasiones la importancia de la colegiación. Es una garantía  ya no solo para el profesional sino también para la comunidad de vecinos. Tener un administrador de fincas colegiado ofrece una serie de ventajas:

  • Es un profesional formado. Para acceder al título de administrador de fincas hay dos opciones. Por un lado se debe estar en posesión de determinados títulos universitarios superiores (licenciado en derecho, económicas…). La otra opción es aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas. Este último se imparte en once universidades españolas.
  • Un administrador de fincas colegiado actualiza constantemente sus conocimientos. La administración de fincas es una actividad compleja por las diferentes materias que debe abarcar (jurídicas, laborales, fiscales, contables, técnicas,…). Además estos conocimientos están cambiando continuamente.
  • Se encarga de cumplir con su tarea con la máxima eficiencia y buscando ofrecer el mejor servicio a la comunidad.
  • Cumple con un código deontológico, desarrollado por el colegio profesional. El colegio puede ejercer su actividad disciplinaria si la actuación del administrador de fincas se aparta de las normas profesionales o deontológicas.
  • Cuenta con el respaldo de un organismo que puede responder, en casos de mala praxis profesional, con un seguro de responsabilidad civil de 700,000 euros por siniestro al año.

La sentencia reconoce la exclusividad del administrador de fincas colegiado y anula la inscripción de una empresa denominada Asociación Profesional de Administradores de Fincas (APAF) porque su nombre y los servicios que ofrece puede inducir a error a los consumidores.

Según la sentencia si, como la empresa admite, carece de cualquier vinculación con las asociaciones y colegios profesionales de administradores de fincas ni pretende tenerlo, “la utilización de la denominación pretendida induce a confusión y propicia que el consumidor medio pueda llegar a la conclusión, que debe ser evitada”.

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