Ante vecinos morosos, actuamos

Ante vecinos morosos, actuamos

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Debido a la situación económica que estamos atravesando, la morosidad de vecinos se ha visto reflejada en muchas fincas perjudicando la adecuada convivencia entre los vecinos. En AFI administradores de fincas contamos con un despacho de abogados PROPIOS especializados en gestionar impagos y morosidad con rapidez y eficacia.

Llevamos haciéndolo más de 15 años y con ello la comunidad de propietarios puede asegurar el pago a proveedores y sus saldos bancarios tenerlos siempre positivos. Conseguimos acuerdos previos en caso de falta de pago, siempre que haya voluntad y compromiso.

Nos encargamos íntegramente del procedimiento judicial sin que le supongan gastos de abogado a la Comunidad.

La gestión de la morosidad se realizará en todo momento con la cobertura de profesionales cualificados, que realizarán en cada momento las actuaciones que resulten necesarias y sean tendentes para prevenir y evitar una práctica que pone en riesgo la viabilidad y solvencia de las Comunidades de Propietarios.

LAS PREGUNTAS MÁS COMUNES FRENTE A UN VECINO MOROSO

  • ¿A partir de cuándo debe actuar la comunidad de vecinos si un propietario no paga sus cuotas?

Se puede actuar desde el primer mes de impago. Al principio se debería hacer de manera amistosa haciéndole saber su impago como un toque de atención. Si se ignora este primer aviso y continúa acumulando impagos, se enviaría un burofax donde se le advierte del proceso de reclamación judicial al que se enfrentaría si no se reciben las cantidades adeudadas.
Si esta carta no resulta efectiva, la comunidad de vecinos pueden acordar la liquidación de deuda con la finalidad de entablar un procedimiento judicial contra este propietario.
Se envía un segundo burofax, donde se le advierte al propietario moroso de la posible interposición de un juicio monitorio de reclamación de deuda. Si esto último no funciona, se interpondrá ante el juzgado el procedimiento correspondiente, y en caso extremo de que el deudor no pague tras la sentencia, se ejecutaría la misma contra todos sus bienes.

  • ¿Tienen algún coste para la comunidad de vecinos las reclamaciones contra un vecino moroso?

Si el vecino decidiera pagar el día antes del juicio, ¿correría con los gastos de la comunidad?
El administrador de fincas AFI se encarga íntegramente del procedimiento judicial sin que le supongan gastos de abogado a la Comunidad.

  • En caso de que se negara a pagar o se declara insolvente…

El vecino moroso tendrá una plazo de 20 día para contestar la demanda.En el caso de que no conteste, se iniciaría un nuevo procedimiento llamado de ejecución, en el que se buscan bienes y se embargan.Si el deudor se declara insolvente de los pagos de la comunidad de vecinos, existe la posibilidad de anotar en el Registro de la Propiedad una cargo sobre el inmueble que es de su propiedad, para el caso de que cuando lo venda o transmita, deba pagar todos los gastos que ha generado el procedimiento judicial (abogado, procurador, tasas Registro, etc) así como la deuda principal.

  • Si el vecino sufriera de problemas económicos, ¿podría pedir moratoria o reducción de la cuota de comunidad?

El propietario deudor podría acordar de forma amistosa en la junta de vecinos alguna moratoria o prórroga en los plazos de pago o una reducción de la cuota. Una vez celebrada la votación por mayoría simple, se elaboraría un plan de pagos que permita al propietario aplazar o dividir las cuotas de manera que le sea más fácil abonarlas. Todo ello firmado para que sirva de título ejecutivo frente a su compromiso.

  • ¿El propietario deudor podría vender el piso?

Sí, pero siempre y cuando el comprador de la vivienda estuviera de acuerdo en pagar las cuotas de la comunidad atrasadas o tuviere conocimiento de ello mediante el correspondiente Certificado de Deudas que emite el Administrador. Tal y como establece la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal de 28 de junio de 2013, en defecto de acuerdo entre comprador y vendedor, la Ley de Propiedad Horizontal obliga al nuevo adquirente a hacer frente a la deuda del año en curso y tres años anteriores. Si el nuevo adquiriente de la vivienda acepta correr con estos gastos impagados, la comunidad de propietarios debe aceptarlo.

Si se ve afectado por esta situación, no dude en contactar con la Administradora de Fincas AFI que le informará sobre los procedimientos que se llevan a cabo en estos casos sin compromiso alguno.

 

 

 

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