Desde el pasado 7 de Noviembre, con la firma del convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Generalitat Valenciana para la ejecución del Plan Estatal de fomento para el alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas (según Real Decreto 233/2013), se ha iniciado el período para la solicitud de ayudas para rehabilitación de edificios.
La Generalitat Valenciana ha pasado a disponer de un fondo para, entre otras, ayudas en obras de rehabilitación de edificios y para ayudas en la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios (IEE), documento técnico requerido por el Ministerio para la solicitud de las ayudas.
El plan pretende, entre otras cosas, fomentar la rehabilitación de edificios y la regeneración y renovación urbanas para mejorar la calidad de la vivienda y contribuir a mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios y de las ciudades.
Comunidad de vecinos: ¿A quién va dirigido?
Son subvenciones destinadas a rehabilitar elementos comunes y espacios privativos comunitarios de edificios de uso residencial, para obras de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad o para realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad.
Comunidad de vecinos: Requisitos
Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. También se admitirán, por razones de gravedad, edificios que no cumplan los requisitos anteriores, pero con graves daños estructurales o de otro tipo que justifiquen su inclusión en el Programa de ayudas.
Estas obras por las que se pueden solicitar ayudas a la Generalitat Valenciana, deberán estar justificadas mediante la elaboración del INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE), en el que se reflejará el estado de CONSERVACIÓN del edificio, las características de ACCESIBILIDAD y las condiciones de EFICIENCIA ENERGÉTICA (Certificado de Eficiencia Energética –CEE del edificio en conjunto-).
Por tanto, para la solicitud de las ayudas será necesario que un técnico competente contratado por la Comunidad de Propietarios elabore el Informe de Evaluación del Edificio (IEE), y para las obras a realizar, redacte un proyecto o memoria, según se requiera en cada caso.
Comunidad de vecinos: Importe económico
Aunque la Ley desarrolla en mayor medida las condiciones y cantidades a subvencionar, a modo orientativo se indica que una vez aprobada la subvención, ésta tendrá un máximo por edificio del 35% del coste subvencionable de la actuación (en ocasiones, y sólo para la partida de accesibilidad, se podrá llegar al 50%). También se podrán solicitar ayudas para el Informe de Evaluación del Edificio, hasta un máximo de 500€.
Desde el departamento de Arquitectura de AFI Administradores de Fincas e Inmuebles, y de forma ventajosa para nuestras Comunidades y administrados, elaboramos el Informe de Evaluación de Edificios, gestionamos las solicitudes de ayudas, tanto para las obras de rehabilitación como para el IEE, y si fuese necesario, redactamos los proyectos o memorias necesarios para las obras y que la Administración requiera. Contacte su administrador de fincas en Valencia.
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