La iluminación de emergencia es clave si se produce un error en el suministro del alumbrado normal. El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece que cada edificio debe contar con su propio sistema de iluminación de emergencia para que la comunidad de propietarios tenga la visibilidad adecuada para entrar o salir del edificio.
En AFI, como administrador de fincas, sabemos la importancia de este factor. Y es que la iluminación de emergencia permite que la comunidad de vecinos no tenga ningún problema para ver sin dificultad las señales que están en el edificio, como aquellas que indican las salidas de emergencia, iluminan las escaleras y los equipos de protección.
Como en cualquier instalación, se deben seguir una serie de pautas. Además algunos edificios cuentan con una serie de zonas en las que la iluminación de emergencia es totalmente obligatoria: Recintos con una capacidad mayor a 100 personas, los aseos públicos que se encuentran en estancias o aparcamientos cerrados con una superficie superior a 100 m2.
En el Código Técnico de la Edificación (CTE) se recoge la ubicación exacta de este alumbrado de emergencia, las características de su instalación y cómo debemos iluminar las señales de seguridad. Cumplir con estos puntos y llevar a cabo su instalación es necesario para, en caso de apagón, corte de luz u otras situaciones de emergencia, poder circular por el edificio sin problema alguno.
Procedimiento en la Comunidad de vecinos:
Convocar una junta de vecinos para consultar con los interesados y el presidente de la comunidad de vecinos y un asesor de riesgos de seguros para saber donde se requiere este iluminación, el tipo de bombilla que se precisa y proceder con su instalación con todas las partes conciencias al respecto. E incluso es recomendable que, a la empresa instaladora, la comunidad de propietarios se le exija una serie de pruebas especificas de funcionamiento.
Es un proceso que lleva su tiempo si se hace correctamente, al igual que su mantenimiento, cuyo control debe ser regular.
Yo vivo en Ponferrada, Leon en un edificio de 6 plantas, soy minusvalido y la comunidad no tiene luz de emergencia una noche que se fue la luz yo tenia que salir y baje por la escalera, me cai y rompi un brazo, la pregunta es esta: puede estar la comunidad de vecinos sin luz de emergencia en la escalera de 6 plantas como decia?
Esperando una contestacion reciba un saludo de Emilio Diaz
Es obligatorio las luces de emergencia en una comunidad de propietarios construida hace cuarenta años, de nueve plantas, a cuatro viviendas por planta en la ciudad de Málaga?.