Una sentencia del Tribunal Constitucional anula el pago de la plusvalía municipal si vende la vivienda con pérdidas.
La plusvalía es uno de los principales impuestos municipales.
Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declara exentos de la plusvalía a los que vendieron su vivienda con pérdidas ha hecho saltar las alarmas en muchos ayuntamientos. Aunque la sentencia hace referencia al impuesto de plusvalía del Ayuntamiento de Irún, puede hacerse extensiva al resto de municipios de España.
La inquietud de los ayuntamientos es lógica ya que de los impuestos municipales, el de la plusvalía por la venta de la vivienda y el IBI, son las dos fuentes de ingresos más importantes para estas corporaciones. En el caso de la ciudad de Valencia la plusvalía supone entre el 9-10% de los ingresos por impuestos municipales. Sin embargo, el Tribunal Constitucional es muy claro en su sentencia: si al vender la vivienda no se ha obtenido beneficios, la plusvalía municipal no es aplicable.
Hasta ahora, el sistema de cálculo que se aplicaba presuponía que el precio de la vivienda siempre sube. Algo que durante los años de la crisis se ha demostrado que no es cierto. Aún así, si se vendía un piso perdiendo dinero, además había que pagar al Ayuntamiento. Y esto es lo que el Constitucional considera que no es legal: pagar un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.
También se han visto afectados por este impuesto los afectados por ejecuciones hipotecarias o por una dación en pago. Además de perder su vivienda, tenían que pagar la plusvalía al Ayuntamiento.
Estos casos provocaron que muchas personas reclamaran en los juzgados el pago de este impuesto. Por eso, aunque de momento la sentencia del Constitucional solo afecta a los municipios de Guipúzcoa, lo cierto es que como la norma estatal es igual se espera que la sentencia se haga extensiva al resto de España. E incluso el Ministerio de Hacienda ha decidido modificar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).
Pero hasta que se produzca ese cambio, algunos ayuntamientos (como el de Valencia) seguirán cobrando la plusvalía municipal, aunque pondrán facilidades para devolverla si se da el caso.
¿Y cómo puedo reclamarla? En Despacho AFI, administrador de fincas en Valencia, contamos con un departamento jurídico que puede ayudarle en el proceso. Este departamento está compuesto por profesionales especializados en diversas ramas del derecho. Como administradores de fincas, no solo ayudamos a las comunidades de vecinos, sino también tratamos de dar un servicio amplio y de calidad a todos nuestros clientes.
Para reclamar la plusvalía hay que tener en cuenta varios aspectos:
- El importe de la reclamación. Hay que tener en cuenta que el proceso es largo y costoso. Si el importe a reclamar no supera los 5.000-10.000 euros a lo mejor no es recomendable iniciar el proceso. Aunque hay que estudiar cada caso.
- No tienen que haber pasado más de cuatro años desde que se pagó la plusvalía.
- Demostrar, mediante la escritura de compra venta, peritaje o tasación que no ha habido un incremento del precio del inmueble.
- Hay que solicitar al Ayuntamiento la anulación de la liquidación practicada y la devolución de los ingresos indebidos.
- Si la administración no responde, entones acudir a los tribunales.
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