Normas en zonas comunes, claves de la convivencia

Normas en zonas comunes, claves de la convivencia

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Conocer las normas en zonas comunes es fundamental para evitar conflictos

El uso de las zonas comunes en la comunidad de vecinos es uno de los problemas de convivencia que más a menudo nos encontramos en AFI, administrador de fincas. Los abusos por parte de algunos vecinos originan conflictos y el desconocimiento de las normas en zonas comunes y de la legislación complica aún más las cosas.

La Ley de Propiedad Horizontal, que entre otras cosas marca las normas en zonas comunes en la comunidad de vecinos, autoriza a disfrutar de los espacios comunes siempre y cuando se respete a los demás residentes. Además el artículo 394 del Código Civil afirma que “cada propietario podrá disfrutar de los lugares comunes siempre que no perjudique el interés de la comunidad ni impida a otros vecinos utilizarlos según su derecho”.

Pero si hay una herramienta que resulta útil para evitar confusiones y contratiempos son los estatutos de la comunidad de vecinos. En ellos se debe reflejar claramente las normas en zonas comunes para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y elementos comunes. El artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal determina que los acuerdos comunitarios, adoptados en una junta de propietarios, son válidos para aprobar reglamentos internos que marcan esas normas en las zonas comunes para su uso y disfrute.

Esas normas en zonas comunes deben especificar el horario y normas de utilización de piscinas e instalaciones deportivas si las hubiera. Además deben contemplar que actividades están prohibidas, cuáles pueden dañar al edificio y las que son contrarias a la normativa de actividades molestas, insalubres, peligrosas o ilícitas.

El principal problema radica en que en muchas ocasiones no se sabe qué es una zona común (escaleras, patios, ascensores, jardines, piscina, portales, cimentaciones, cubiertas, fachadas, instalaciones y canalizaciones de suministros y saneamientos, por citar alguno de los elementos comunes de un edificio)y en ocasiones vemos patios de luces habilitados como tendederos, bicicletas o carritos de bebé en los rellanos, azoteas convertidas en terrazas, antenas colocadas en fachadas, fiestas en la piscina con mucha gente y hasta altas horas de la noche… lo más conveniente para evitar conflictos es que las normas en zonas comunes de la comunidad de vecinos recojan de manera clara las prohibiciones y limitaciones para no llamar a confusión.

Y si un propietario quiere hacer un uso particular de un espacio común de la finca debe solicitarlo a la comunidad por escrito para que se incluya en el orden del día de la junta. Para lograr el uso de esa zona común deberá conseguir el voto unánime del resto de propietarios. Una vez aprobado el cambio debe ser escriturado ante notario e inscrito en el Registro de la Propiedad. Si la comunidad de vecinos se niega el solicitante puede pedir que se proteja su derecho a usar esas zonas.

Aunque parezca sencillo, en AFI, como administrador de fincas, hemos visto como esas disputas no son fáciles de dirimir por la vía de la negociación y en algunas ocasiones se ha tenido que llegar a los tribunales o echar mano del arbitraje. Antes de llegar a este paso, lo mejor es dejarse asesorar por un administrador de fincas como AFI, ya que siempre intentará encontrar una solución beneficiosa para todos.

 

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