Si en su comunidad de propietarios tienen contratada una empresa de limpieza para el mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad de vecinos, le interesa saber qué es la subrogación del personal de las empresas.
La subrogación del personal se produce cuando tiene lugar un cambio de contratista o de subcontratista en una actividad concreta, pública o privada, de las reguladas en el artículo 17 del Convenio Sectorial Nacional de Limpieza de Edificios y Locales, con el fin de garantizar la estabilidad de los empleados. Cuando se produce un traspaso de empresa contratista o subcontratista (habitual en sectores como limpieza) la relación laboral del trabajador no se extingue, sino que la nueva empresa tiene el deber de subrogar a los trabajadores, asumiendo los derechos y obligaciones laborales de la empresa saliente.
En el artículo 17 del Convenio queda reflejado que no tienen consideración de trabajadores y por tanto, no son objeto de subrogación, los socios cooperativistas, a no ser que posean la condición de socios trabajadores.
Limpieza de comunidades de vecinos | Subrogación del personal
Para que una subrogación no incumpla la normativa laboral vigente, puede realizarse de dos formas:
- Realizar un documento propio de subrogación de derechos y obligaciones laborales con todos los contratos de trabajo afectados por el cambio. De este modo, la nueva empresa contratante asume los mismos derechos y obligaciones sobre todos los trabajadores que ya tenían en la empresa saliente, respetando además la antigüedad de cada contrato, los salarios, las bases de cotización, la jornada laboral, etc.
- Extinguir los contratos laborales. Rescindir los contratos de trabajo por parte de la empresa saliente y realizar una contratación nueva por parte de la empresa entrante. La empresa saliente debe adoptar la vía de la extinción del contrato de trabajo con cada uno de los trabajadores: despidos objetivos si se ajustan a las causas marcadas por el Estatuto de los Trabajadores o despido improcedente de toda la plantilla. En caso de realizar este último, la indemnización de los trabajadores tiene efectos liberatorios para la empresa que finaliza su gestión.
Por tanto, el contrato de trabajo que realiza la nueva empresa de limpieza, es un contrato completamente nuevo y desvinculado de los derechos y obligaciones anteriores.
AFI, como su administrador de fincas en Valencia, le recomienda la contratación de personal especializado para la limpieza de su comunidad de vecinos y le ofrece esta información relevante para evitar problemas ante posibles cambios de empresa de limpieza.
Buenos días, solo matizar que en caso de querer extinguir los contratos será la empresa entrante la que deberá hacerlo, no la saliente.
Muchas gracias Irene por tu aclaración. ¡Estamos de acuerdo contigo! Para cualquier duda o información no dudes en contactar con nosotros.
Normal, no va a pagar la saliente lo que quiera hacer la entrante. Que pague si quiere quitarse de en medio la subrogación, que menuda cara dura tienen algunos.